“Los datos sobre la titularidad real deben estar estructurados, centralizados y ser accesibles”, afirma GCFFC.
Según el documento publicado por la GCFFC, los datos deben estar estructurados, recopilados de forma centralizada, ser interoperables y accesibles para todas las entidades que luchan contra los delitos financieros.
La Coalición Global para Combatir el Crimen Financiero (GCFFC) ha publicado un documento en el que sugiere jurisdicciones para subsanar las deficiencias que dificultan el acceso a datos de alta calidad y utilidad sobre la titularidad real (TR).
Según el documento, los datos sobre la titularidad real deben estar estructurados, centralizados, ser accesibles para todas las entidades que luchan contra los delitos financieros e interoperables.
Es fundamental que las entidades verifiquen los datos de titularidad real y que exista un alto grado de precisión respecto a la propiedad de la empresa. Un sistema que se base en información sin verificar no es una opción práctica.
“El uso de entidades jurídicas de propiedad anónima —a través de empresas fantasma, fideicomisos u otras estructuras legales— para ocultar tanto el producto del delito como a sus propietarios está ampliamente documentado.”
El artículo sugiere que el beneficio deducible debe estar definido de forma sólida y clara en la ley. Además, deben utilizarse umbrales suficientemente bajos al revelar la propiedad y el control. “Sin embargo, las normas internacionales vigentes hasta la fecha no logran generar datos útiles y fácilmente accesibles para todos los organismos encargados de hacer cumplir la ley, las entidades obligadas y demás actores que luchan contra los delitos financieros.”
Los datos sobre la titularidad real deben estar estructurados y ser interoperables, recopilados en un registro central y accesibles a todos los agentes que luchan contra los delitos financieros.https://t.co/DlICrL5l9L
— Regulación Asia (@RegulaciónAsia) 26 de agosto de 2021
El documento añade que es fundamental que las entidades verifiquen los datos de titularidad real y que estos datos presenten un alto grado de precisión respecto a la propiedad de la empresa. Un sistema que se basa en información sin verificar no es una opción práctica, afirma.
También se ha destacado la importancia de que la información sobre la titularidad real abarque de forma exhaustiva los tipos pertinentes de entidades jurídicas y personas físicas, junto con la provisión de detalles suficientes que permitan a los usuarios utilizar y comprender los datos.
El periódico dice: “Debe recopilarse información suficiente para poder identificar inequívocamente a personas, entidades y acuerdos, utilizando identificadores claros para personas, empresas y fideicomisos. Cuando el beneficio en especie se posea indirectamente a través de múltiples entidades jurídicas, debe publicarse información suficiente para comprender la cadena completa de propiedad.”
Puedes consultar el documento para obtener más detalles. aquí.
Lectura sugerida: Titularidad efectiva final (UBO)
